RunGo — Términos y Condiciones
⚠️ Este documento es un primer borrador de trabajo. Debe ser revisado y ajustado por un abogado colombiano antes de publicarse o hacerse exigible a usuarios. No constituye asesoría legal.
Última actualización: 26 de septiembre de 2026
1. Qué es RunGo
RunGo es una plataforma tecnológica (SaaS) que intermedia el contacto entre pasajeros y conductores independientes de bicitaxi, mototaxi y motocarro en las zonas donde opera (actualmente Villavicencio, Restrepo, Acacías y Guamal, Meta).
RunGo no presta el servicio de movilidad. Lo presta directamente el conductor, quien actúa como prestador independiente, dueño o responsable de su propio vehículo, sin relación laboral, de subordinación ni de exclusividad con RunGo ni con el operador de la plataforma.
Esta plataforma es operada actualmente por Carlos Alberto Ramos Roa, mientras se formaliza su constitución como sociedad comercial. Esta sección se actualizará una vez completado dicho proceso, momento en el cual la persona jurídica constituida asumirá la operación y responsabilidad de la plataforma.
1.1 Denominación "Socio Conductor"
- Para efectos de estos Términos y de la relación comercial aquí descrita, RunGo podrá referirse al conductor como "Socio Conductor".
- Esta denominación tiene un propósito meramente descriptivo de la relación comercial de intermediación y de la naturaleza de contratista independiente del conductor. En ningún caso implica la existencia de una sociedad, la calidad de socio o accionista, ni derecho alguno sobre la propiedad, los activos o las utilidades de RunGo.
- Esta denominación se usa exclusivamente en documentos legales (estos Términos y la Política de Tratamiento de Datos Personales). La interfaz de la aplicación continúa refiriéndose al conductor simplemente como "conductor".
1.2 Formación del contrato entre el usuario y el conductor
- Cuando el pasajero (o mandante) y el conductor aceptan la tarifa y el viaje o encargo queda confirmado en la plataforma, conforme a la Sección 2, se forma un contrato directamente entre ellos, por el trayecto o encargo, el precio y las condiciones allí acordados.
- Ese contrato se rige por lo previsto en las Secciones 2.1, 2.2 y 2.3 y, en lo pertinente, por las normas del Código de Comercio colombiano sobre el contrato de transporte (artículo 981 y siguientes). En él, el conductor es quien se obliga a conducir o trasladar a la persona o el encargo al destino acordado, y el pasajero (o mandante) es quien se obliga a pagar el precio pactado.
- RunGo no es parte de ese contrato: no es prestador del servicio, arrendador, mandante ni mandatario. Su función es tecnológica: mostrar la solicitud, permitir la oferta y contraoferta, dejar constancia de la confirmación y habilitar el chat y el seguimiento del viaje. La ejecución del servicio y las obligaciones que de él se derivan corresponden únicamente al pasajero (o mandante) y al conductor.
- La tarifa de uso que el conductor paga a RunGo (Sección 3) es independiente del precio del viaje y no convierte a RunGo en parte del contrato.
2. Cómo funciona la negociación y el pago del viaje
- El pasajero indica origen, destino y tipo de vehículo, y propone o negocia una tarifa directamente con el conductor a través de la plataforma.
- El acuerdo de tarifa es bilateral: se confirma el viaje solo cuando ambas partes aceptan.
- El pago del viaje se realiza directamente entre pasajero y conductor, en efectivo o por transferencia/QR (Nequi, Daviplata u otros medios que el conductor acepte). RunGo no participa en el pago del viaje, no lo procesa ni lo garantiza, y no es parte de ese acuerdo económico.
2.1 Naturaleza jurídica adicional para Bicitaxi, Mototaxi y Motocarro: arrendamiento de vehículo con conductor
- Sin perjuicio de la calificación general de RunGo como plataforma de intermediación (Sección 1), y como capa adicional de claridad sobre la relación entre pasajero y conductor durante el desplazamiento, las partes reconocen que la operación puede entenderse, alternativa o concurrentemente, como un contrato de arrendamiento del vehículo con conductor incluido, en el cual:
- El pasajero actúa como arrendatario del vehículo (bicicleta, motocicleta o motocarro, según el servicio contratado) por la duración del desplazamiento acordado.
- El conductor, en su condición de propietario o responsable del vehículo, lo arrienda junto con su propia conducción.
- El conductor recibe las instrucciones de destino y ruta únicamente del pasajero arrendatario, quien determina el desplazamiento a realizar.
- La tarifa pactada entre pasajero y conductor corresponde a la contraprestación de este arrendamiento con conductor incluido, y se paga directamente entre las partes conforme a la Sección 2.
- Esta calificación adicional no modifica ni sustituye lo dispuesto en la Sección 1 sobre la naturaleza de RunGo como intermediario tecnológico ajeno a la prestación del servicio de movilidad, ni exime al conductor de contar con los documentos, licencias y seguros que la normativa vigente exija para su vehículo y su actividad.
2.2 Naturaleza jurídica del servicio de Mandados: contrato de mandato
- El servicio de Mandados (recolección y/o entrega de encargos) se rige, en lo pertinente, por las normas del contrato de mandato previstas en el Código de Comercio colombiano (artículos 1262 y siguientes), en el cual:
- El pasajero actúa como mandante, encargando al conductor la gestión de recolección, traslado y/o entrega de un bien o encargo determinado.
- El conductor actúa como mandatario, ejecutando el encargo conforme a las instrucciones del mandante (puntos de recolección y entrega, y demás condiciones acordadas al momento de solicitar el servicio).
- La retribución del mandatario corresponde a la tarifa negociada entre las partes (oferta y contraoferta) conforme al mecanismo general de la plataforma.
- El mandante es responsable de describir con veracidad el contenido, naturaleza y condiciones del encargo; el mandatario (conductor) podrá negarse a ejecutar el encargo si, a su criterio, no puede o no desea trasladarlo.
- RunGo no es parte del contrato de mandato entre pasajero y conductor — su rol se limita a la intermediación tecnológica que permite el encuentro entre mandante y mandatario, conforme a la Sección 1.
- Esta calificación es aplicable únicamente al servicio de Mandados, y no sustituye lo dispuesto para los servicios de movilidad de personas (Bicitaxi, Mototaxi, Motocarro) en la Sección 2.1.
2.3 Naturaleza jurídica del servicio de Domicilios: contrato de mandato civil
- El servicio de Domicilios (recogida de un pedido en un establecimiento y su entrega en la dirección indicada por el usuario, solicitado desde RunGo o desde una plataforma aliada) se rige, en lo pertinente, por las normas del contrato de mandato previstas en el Código Civil colombiano (artículo 2142 y siguientes), en el cual:
- El usuario que solicita el domicilio actúa como mandante, encargando al conductor la gestión de recoger y entregar el pedido.
- El conductor actúa como mandatario: se hace cargo de la gestión encargada por cuenta y riesgo del mandante, conforme a las instrucciones de este (punto de recogida, dirección de entrega y demás condiciones indicadas al solicitar el servicio).
- La retribución del mandatario corresponde a la tarifa negociada entre las partes (oferta y contraoferta) conforme al mecanismo general de la plataforma.
- El mandante es responsable de describir con veracidad el pedido y las condiciones del encargo; el mandatario (conductor) podrá no aceptar el encargo si, a su criterio, no puede o no desea ejecutarlo.
- RunGo no es parte del contrato de mandato entre el usuario y el conductor ni de la relación entre el usuario y el establecimiento — su rol se limita a la intermediación tecnológica que permite el encuentro entre mandante y mandatario, conforme a la Sección 1.
- Esta calificación es aplicable únicamente al servicio de Domicilios, y no sustituye lo dispuesto para los servicios de movilidad de personas en la Sección 2.1 ni para el servicio de Mandados en la Sección 2.2.
3. Tarifa de uso de la plataforma (conductores)
- RunGo cobra a los conductores una tarifa fija de uso de la plataforma por cada viaje completado, distinta según el tipo de vehículo. Esta tarifa no es una comisión sobre el valor del viaje.
- Esta tarifa se descuenta de un saldo prepago ("billetera") que el conductor recarga voluntariamente.
- El conductor solo puede aceptar viajes si su saldo es suficiente para cubrir la tarifa de ese viaje.
- Las recargas se hacen mediante transferencia bancaria manual (Nequi/Daviplata/Bre-B) a la cuenta indicada por RunGo, seguida de la carga del comprobante de pago en la app. La verificación puede ser automática o manual, a discreción de RunGo.
3.1 Saldo no utilizado y eliminación de cuenta
- El saldo disponible en la billetera no tiene vencimiento mientras la cuenta permanezca activa.
- Si el conductor solicita voluntariamente la eliminación de su cuenta, el saldo restante no utilizado se pierde y no es reembolsable, salvo que la normativa aplicable disponga lo contrario. Antes de confirmar la eliminación, la aplicación mostrará el saldo actual y advertirá expresamente esta consecuencia, y el conductor deberá confirmar que entiende y acepta la pérdida del saldo para continuar.
- Se recomienda al conductor agotar su saldo (usándolo en viajes) antes de solicitar la eliminación de su cuenta.
- Esta condición se acepta expresamente al momento de recargar saldo por primera vez y nuevamente al momento de solicitar la eliminación de la cuenta.
3.2 Reembolso por retracto de una recarga
- El conductor puede solicitar el reembolso de una recarga concreta dentro de los 5 días hábiles siguientes a su aprobación, siempre que esa recarga en particular no se haya usado, ni siquiera parcialmente, en ningún viaje (aunque el conductor tenga saldo sin usar proveniente de recargas anteriores).
- La solicitud no se resuelve de forma automática ni instantánea: la revisa el equipo de RunGo, que puede aprobarla o rechazarla.
- Si se aprueba, el monto se descuenta del saldo disponible del conductor y se devuelve por el mismo medio bancario utilizado originalmente para la recarga, fuera de la aplicación.
- Pasado el plazo de 5 días hábiles, o si la recarga ya fue usada en algún viaje, esta opción deja de estar disponible para esa recarga.
4. Registro y verificación
- Para operar como conductor, se requiere registro con documento de identidad, datos del vehículo (incluida la placa) y verificación de identidad.
- RunGo puede suspender o cancelar cuentas ante fraude, suministro de información falsa, o incumplimiento de estos Términos.
5. Responsabilidad
- RunGo no es responsable por la calidad, seguridad, puntualidad o legalidad del servicio de movilidad prestado por el conductor, ni por el estado del vehículo, ni por los acuerdos de pago entre las partes.
- El conductor es responsable de contar con los documentos, permisos y seguros que la normativa aplicable a su actividad exija para operar su vehículo en la modalidad correspondiente.
6. Modificaciones
RunGo puede modificar estos Términos. Los cambios se notificarán dentro de la aplicación y entrarán en vigor según se indique en la notificación.
7. Ley aplicable y jurisdicción
Estos Términos se rigen por las leyes de la República de Colombia. Domicilio del operador: Villavicencio, Meta, Colombia.